Ley Cholito, ¿qué es la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía?

La Ley Cholito reconoce el vínculo especial que existe entre una mascota y su dueño: la compañía. De hecho, ¿sabías que esa es la principal razón para tener un animal doméstico?

Es una de las conclusiones que entregó, a fines de 2021, el primer censo de la población canina y felina en Chile. Estudio realizado por la Escuela de Medicina Veterinaria de la Universidad Católica y el Programa Mascota Protegida de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).

El informe también aportó datos preocupantes. Por ejemplo, aproximadamente 1 de cada 4 animales se encuentra sin un dueño visible conocido. Panorama que subraya la urgencia de una tenencia responsable de mascotas y pone en relieve la importancia de esta ley.

Y es que antes de 2017, año en que se promulgó esta herramienta jurídica, nuestro país carecía de una legislación clara en materia de tenencia responsable. Por lo mismo, representa un importante avance para mejorar el bienestar animal y promover la responsabilidad entre los dueños de mascotas.

Pero ¿qué se entiende por tenencia responsable? La Ley Cholito entrega una definición explícita, permitiendo dimensionar los deberes y compromisos que recaen en los dueños.

Veamos los detalles.

¿Qué es la Ley Cholito y a cuáles animales aplica?

La Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida como Ley Cholito, establece una serie de obligaciones que contrae quien acepta y mantiene una mascota o animal de compañía.

Precisamente, ese conjunto de obligaciones es lo que constituye una tenencia responsable, la que se materializa en:

  • Proporcionar albergue, buen trato, alimentación y manejo sanitario.
  • Respetar las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables.
  • Entregar los cuidados veterinarios indispensables para el bienestar de la mascota o animal de compañía. Por ejemplo, asegurarse de que reciba sus vacunas anuales.
  • No someterlo a sufrimientos ni abandono a lo largo de su vida. 
  • Adoptar las medidas necesarias para evitar que genere daños a las personas o propiedad de terceros, respondiendo civilmente de los daños que puedan ocasionar
  • Registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda.

En seguida ahondaremos en este último punto. Primero, es importante entender un concepto clave de esta normativa.

¿Qué se entiende por mascota o animal de compañía?

En su artículo 2, la Ley Cholito establece que estos corresponden a aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad. Es decir, no solo se contempla a la población felina y canina.

¿Hay exclusiones?

Sí. Se excluyen los animales cuya tenencia se encuentre regulada por leyes especiales. Por ejemplo, la fauna silvestre protegida por la Ley de Caza N°19.473, que incluye especies como el gato güiña que –de acuerdo con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)– es el felino salvaje más pequeño de Sudamérica, alcanzando entre los 1,8 y 2,5 kilos.

¿Y qué ocurre con las mascotas comunitarias?

La ley también protege y se refiere a los perros comunitarios, definiéndolos como aquellos que no tienen un dueño en particular pero que la comunidad alimenta y les entrega cuidados básicos.

¿Y existen los gatos comunitarios?

La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere) ha manifestado que los felinos fueron excluidos de esta categoría, debido a su temperamento y a la distancia física que suelen mantener al relacionarse con la comunidad.

Sin embargo, esto no impide que algunos gatos pueden comportarse y ser cuidados como comunitarios. Y en ese caso, al igual que con los perros, es posible inscribirlos en el Registro Nacional de Mascotas. 

Más abajo te contaremos cómo hacerlo.

¿En qué consiste el registro de mascotas?

El registro de mascotas permite mantener un control más efectivo de la población animal, además de contribuir a la prevención del abandono y facilitar la recuperación frente a pérdidas.

Para ello, la Ley de Tenencia Responsable establece que los registros contemplan un sistema de identificación único, estandarizado e incorporado al animal de manera inseparable

Y eso, ¿qué significa?

Que, si bien se determina la posibilidad de emplear dispositivos externos para identificar a la mascota, también se define como mecanismo para solicitar su registro, la implantación de un microchip intradérmico que debe cumplir con la norma ISO 11784, es decir, tener un número único de 15 dígitos. Este procedimiento es realizado por un médico veterinario.

La importancia del microchip en la tenencia responsable

Además de facilitar la identificación y recuperación de la mascota en caso de extravío o robo, este dispositivo —del tamaño de un grano de arroz— presenta importantes beneficios tanto para los animales como para sus dueños:

  • Es un excelente repositorio de datos médicos, como las vacunas o tratamientos veterinarios recibidos. Ello resulta clave en caso de emergencias o consultas médicas, permitiendo proporcionar una atención adecuada de forma más rápida y precisa.
  • Ayuda a evitar el tráfico y la venta ilegal de los inscritos, ya que es posible verificar su procedencia y propiedad a través del código único.

¿A qué animales aplica el registro de mascotas?

Si eres dueño de un perro o un gato, tu mascota es el grupo objetivo. El registro solo es válido para ellos y puedes concretarlo a partir de los dos meses de edad.

Pasos para registrar a tu mascota

Antes de iniciar el proceso, tu felino o canino debe tener implantado el microchip o contar con un dispositivo externo que lo identifique de manera permanente e indeleble. Además, necesitas un documento que te acredite como su dueño.

Para ese fin, por ejemplo, puedes usar la boleta de compra, el certificado de adopción o una declaración jurada simple, donde se individualice a tu mascota con al menos los siguientes datos: 

  • Especie (perro o gato).
  • Nombre, sexo, color y raza (en caso de existir).
  • Fecha de nacimiento o edad estimada.

Y si no tienes alguno de esos documentos, no te preocupes, en esta página puedes descargar una declaración simple y completarla con la información requerida.

Por cierto, los datos de tu mascota deben ser validados por el médico veterinario cuando le implante el microchip. Esto a través de un documento donde el profesional incorpore su nombre, cédula de identidad y firma. 

Si lo deseas puedes descargar este comprobante y solicitarle que lo complete cuando aplique el dispositivo electrónico.

Luego de reunir todos estos antecedentes:

  1. Ingresa al Registro Nacional de Tenencia Responsable
  2. Utiliza tu clave única o RUN para acceder al formulario.
  3. Completa los datos correspondientes, adjunta la información solicitada, y haz clic en “Enviar”.

Como resultado, tu solicitud será revisada por un funcionario municipal. Si está todo en orden, la aprobará y tu mascota quedará debidamente inscrita en el registro.

Por último, también puedes realizar el trámite de modo presencial dirigiéndote a la municipalidad de la comuna de residencia de tu canino o felino.

¿Cómo registrar una mascota comunitaria?

Al no tener estas mascotas un dueño en particular, el registro debe hacerse por otros medios. 

Este proceso solo podrá realizarse presencialmente en la municipalidad, donde el funcionario encargado lo inscribirá dentro de la categoría de animales sin dueño, como animal comunitario. Ello implica que la comunidad será la responsable de su bienestar y alimento.

¿Existe alguna restricción para el registro?

Sí. No podrán registrar mascotas quienes hayan sido sancionados con la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de animales. Más adelante, también detallaremos las sanciones penales por el delito de maltrato o crueldad animal y las multas que se aplican por vulnerar la Ley de Tenencia Responsable.

El maltrato animal ¿cómo denunciarlo?

La Ley Cholito define la crueldad y el maltrato animal como “toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente causare daño, dolor o sufrimiento al animal”.

¿Cómo y dónde denunciarlo?

Si sabes de alguna situación que afecte el bienestar de una mascota o animal de compañía, puedes hacer una denuncia en la Fiscalía local, Carabineros o en la Policía de Investigaciones

Para ello, es recomendable aportar el máximo de antecedentes. Por ejemplo:

  • Registros gráficos y/o audiovisuales (fotografías, videos y audios).
  • Narración de testigos.
  • Fecha y lugar del maltrato.
  • Individualización del sospechoso, como su nombre o domicilio.
  • Documento de un médico veterinario que acredite las condiciones de salud (posible causa de muerte, tipo de lesiones, existencia de una alteración conductual, etcétera).

Y después, ¿qué ocurre?

El Ministerio Público será el encargado de analizar tu denuncia y quien establezca las acciones investigativas correspondientes para el caso. 

¿Necesitas un abogado para presentar tu denuncia?

No. Pero si deseas presentar una querella o demanda de indemnización, ahí requerirás la asistencia de un profesional. 

Sanciones por el delito de maltrato animal

El Código Penal establece que:

  • Si se cometen actos de maltrato o crueldad con animales, la pena será de 61 días a 3 años y una multa de 2 a 30 UTM, o sólo con esta última.
  • Si se genera daño al animal, la pena será de 61 días a 3 años y una multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales.
  • Si se causan lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o provoquen la muerte del animal se impondrá la pena de 541 días a 3 años y una multa de 20 a 30 UTM.

Además, los dos últimos casos serán sancionados con la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales. Pena accesoria que se establece por primera vez en Chile con la Ley de Tenencia Responsable.

¿Qué autoridades deben promover el cumplimiento de la Ley Cholito?

Promover la tenencia responsable de los animales de compañía es fundamental para asegurar su bienestar, la salud de las personas y, por cierto, el cuidado del medioambiente.

Esa tarea fue destinada a los Ministerios del Interior y Seguridad Pública, de Salud, y de Educación —dentro de sus respectivas competencias— con la colaboración de las municipalidades. Es decir, el objetivo es ejercer una labor de promoción a nivel de gobierno central y local.

En ese contexto, ¿cuáles son las acciones que corresponden a cada órgano? Revisemos algunas de ellas.

1. Ministerio del Interior y Seguridad Pública

  • Proveer los recursos necesarios para que las municipalidades puedan realizar acciones de rescate animal, ya sea por sí mismas o recurriendo a terceros, mediante la celebración de contratos.
  • Mantener y administrar las plataformas informáticas de los Registros Nacionales. Por ejemplo, además del correspondiente a mascotas o animales de compañía, el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos de la Especie Canina y el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable. Estos registros permiten, entre otros aspectos, fiscalizar el cumplimiento de la ley, planificar políticas públicas sobre la materia y llevar un mejor control de la población de mascotas.

2. Ministerio de Salud

  • Dictar el reglamento sanitario que fija las condiciones de higiene y seguridad obligatorias para el responsable de una mascota o animal de compañía.
  • Fijar por reglamento los datos que deben registrar los locales de venta y crianza de mascotas —que tienen que estar a cargo de un médico veterinario— así como los controles periódicos a que deban someterse los animales.

3. Ministerio de Educación

  • Orientar a los establecimientos educacionales sobre el cuidado de los animales de compañía y el compromiso de las personas con ellos. Además podrá desarrollar programas de promoción relativos a estos temas, en cooperación con instituciones públicas y privadas.
  • Crear instancias de coordinación entre las universidades que imparten la carrera de medicina veterinaria y las comunidades locales o regionales en que se encuentren insertas. Esto a fin de facilitar la realización de acciones conjuntas destinadas, por ejemplo, a crear campañas informativas e instancias de esterilización gratuita de caninos y felinos.

4. Municipalidades

  • Dictar una ordenanza de tenencia responsable en la comuna, ajustada a la normativa legal y al reglamento que dicte el Ministerio del Interior. Ello deberá establecer, por ejemplo, las condiciones para el desarrollo de programas de esterilización masiva y los sistemas para desincentivar la reproducción indiscriminada de animales.

Pero es importante aclarar que ninguna ordenanza podrá permitir el sacrificio de animales como método para controlar la población. Medida que se extiende a todos los servicios públicos y las organizaciones de protección animal.

  • Establecer, según su disponibilidad presupuestaria, fondos concursables para que postulen personas jurídicas sin fines de lucro. ¿El objetivo? Principalmente, la protección de los animales y la promoción de la tenencia responsable.
  • Facultad para rescatar animales sin identificación, encontrados en bienes nacionales de uso público, parques, plazas y sitios eriazos o baldíos. Luego entregarlos a las entidades sin fines de lucro inscritas en el Registro Nacional, que tengan como fin promover la tenencia responsable o sean centros de acogida temporal de mascotas. 

¿Quiénes pueden fiscalizar el cumplimiento de la Ley Cholito?

La Ley de Tenencia Responsable establece que los organismos competentes para esa labor sean las municipalidades y la autoridad sanitaria (SEREMI de Salud), con la colaboración de Carabineros.

Cada ente comunal, mediante los inspectores municipales, deberá fiscalizar el cumplimiento de los reglamentos y ordenanzas, y remitir los antecedentes ante el juez de policía local.

En tanto, a la SEREMI le corresponde fiscalizar las condiciones de higiene y seguridad en que son mantenidas las mascotas o animales de compañía en sitios como las clínicas veterinarias y los centros de acogida.

Sanciones por incumplimiento de la ley

Las contravenciones a la ley, que no califiquen como delitos, se sancionarán con multa de 1 a 30 UTM, procedimiento que se llevará a cabo ante el Juzgado de Policía Local de la comuna. 

¿Y si existe reincidencia?

La ley especifica que podrá imponerse hasta el doble de la multa, quedando el juez de policía local facultado para disponer el comiso del animal y su ingreso a un refugio o a un centro de mantención temporal, por el plazo que determine.

Las multas que se recaudan van íntegramente al patrimonio municipal y deben ser destinadas a fines que permitan cumplir esta ley.

Además, si surgen gastos por cuidados, alimentación y tratamientos veterinarios; estos serán de cargo del infractor.

Por otra parte, se contemplan sanciones específicas para centros de mantención temporal o los lugares de venta, crianza y exposición de animales de compañía, a las cuales se les podrá aplicar multas de hasta 50 UTM, las que también se elevarán al doble en caso de reincidencia. Además, será posible imponer la clausura temporal del establecimiento, hasta por 3 meses, o la clausura definitiva.

La Ley de Tenencia Responsable es más que un marco legal

También representa una expresión tangible del compromiso con una convivencia más respetuosa entre las personas y los animales.

Con su implementación, la Ley Cholito no solo aborda problemáticas críticas como el abandono y el maltrato, sino que establece las bases para un futuro donde todas las mascotas y animales de compañía sean tratados con el amor y los cuidados que merecen.

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