Guía para interponer un recurso de protección en Chile

En el ámbito jurídico, la presentación de un recurso de protección se erige como un mecanismo esencial para salvaguardar derechos fundamentales que pueden verse amenazados o vulnerados.

Contextualicemos con un ejemplo.

Durante junio de 2022, las clases de todos los establecimientos educacionales y jardines infantiles de Quintero y Puchuncaví, en la Región de Valparaíso, fueron suspendidas. ¿La razón? Se constató una alta concentración del contaminante dióxido de azufre, lo que generó una Emergencia Ambiental por mala calidad del aire e impulsó la interposición de cuatro recursos de protección.

En una primera instancia estos fueron rechazados por la Corte de Apelaciones de la región, pero posteriormente la Corte Suprema los acogió, argumentando que:

Los episodios de contaminación constatados vulneran tanto la garantía constitucional del derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación, como la protección de la salud y la vida de los habitantes de las comunas afectadas.

Por cierto, este tipo de casos es solo uno de los tantos móviles que pueden conducir a una interposición del recurso. Pero la Constitución establece una amplia gama de derechos que también son protegidos por esta herramienta legal.

Ahondemos en los detalles.

¿Qué es el recurso de protección y cuál es su rol?

El recurso de protección es una acción cautelar de carácter urgente, contenida en la Constitución, que busca restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de una persona afectada cuando algunos de sus derechos y garantías constitucionales hubieran sido privados, perturbados o amenazados por una actuación arbitraria o ilegal de un tercero.

En concreto, se trata de una petición a los tribunales para que detengan, aunque provisoriamente, la vulneración o amenaza de garantías constitucionales que están siendo afectadas en un momento determinado.

Aunque existen otras vías para una solución definitiva, este recurso es muy útil cuando las características del caso requieren que se tomen medidas inmediatas para detener un daño en curso o alguno que ocurrirá de modo inminente.

Derechos protegidos por el recurso de protección

Esta herramienta de protección legal ampara una extensa gama de derechos fundamentales contemplados en el artículo 20 de la Constitución, donde se establece cuáles de los numerales del artículo 19 quedan protegidos por tal acción.

Estos corresponden a:

  • Derecho a la vida.
  • Igualdad ante la ley.
  • Derecho a ser juzgado por los tribunales que establece la ley y que estén establecidos antes de la ejecución del hecho.
  • Derecho a la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y, asimismo, la protección de sus datos personales.
  • Derecho a la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
  • Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
  • Libertad de conciencia y libertad de culto.
  • Derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado.
  • Libertad de enseñanza.
  • Libertad de opinión e información.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho de asociación.
  • Libertad de trabajo, su libre elección y contratación.
  • Derecho de sindicalización.
  • Libertad para desarrollar cualquier actividad económica.
  • Derecho a no ser discriminado en el trato del Estado en materia económica.
  • Libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes.
  • Derecho de propiedad.
  • Derecho de propiedad intelectual e industrial.
  • Derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación, cuando sea afectado por un acto u omisión imputable a una persona o autoridad determinada.

Presentación de un recurso de protección

Esta acción puede ser interpuesta por el afectado o por cualquier persona a su nombre, ya sea una persona natural, una persona jurídica, entidades o grupos de personas sin personalidad jurídica tales como comunidades, asociaciones o agrupaciones.

¿Es obligatorio contar con un patrocinio legal para la interposición?

No, porque se considera que el cautelar las garantías o derechos fundamentales protegidos por este recurso no puede limitarse por el acceso a un abogado.

Aun así, es recomendable contar con uno, ya que eso autoriza a presentar oralmente el caso el día de la audiencia que el tribunal defina, lo que aumenta las posibilidades de obtener una resolución favorable.

Tribunal competente y plazo de interposición

El recurso de protección debe presentarse ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se cometió el acto u omisión que ocasiona la privación, perturbación o amenaza en el ejercicio de las garantías constitucionales.

En cuanto al plazo, para que la acción cautelar sea procedente debe interponerse dentro de 30 días corridos, contados desde que ocurre el acto o amenaza que motiva el recurso o desde que se tuvo conocimiento de los mismos, hecho que debe ser acreditado ante la Corte.

Sobre esto último, cabe mencionar que, si la perturbación es permanente, el acto se entiende renovado a diario por lo que el plazo comienza a correr desde que se comete el último de ellos.

Rol del tribunal y requisitos para presentar un recurso de protección

Al presentar un recurso de protección, se busca que el tribunal examine su admisibilidad, es decir, si cumple los requisitos formales mínimos y, en caso de ser declarado admisible, estudie todos los antecedentes relevantes.

Estos últimos, son entregados por quien presenta el recurso y la persona señalada como autora de la vulneración o amenaza de garantías.

Posterior a ello, se dictará una sentencia dentro del plazo estipulado, que generalmente es de cinco días hábiles.

Ahora, para que el recurso sea acogido tienen que cumplirse ciertos requisitos:

  • Que se haya producido una afectación mediante una acción u omisión.
  • Que ésta haya sido ilegal, es decir, que sea contraria a alguna norma.
  • Que pueda imputarse a una determinada persona o autoridad.
  • Que exista una afectación a un derecho fundamental.

¿Y si la sentencia es adversa?

Si la sentencia es adversa, existe la posibilidad de apelar ante la Corte Suprema, lo que permite una nueva revisión del caso. Además, es importante destacar que la Corte de Apelaciones puede decretar medidas cautelares, llamada “orden de no innovar”, con el fin de salvaguardar la situación existente hasta la resolución final del recurso de protección.

Para apelar se cuenta con un breve plazo de 5 días hábiles desde que se dicta la sentencia.

Modelo para presentar un recurso de protección

El recurso se debe interponer por escrito y fundamentar cuál es la acción u omisión ilegal o arbitraria que sustenta su presentación, así como los derechos o garantías constitucionales vulneradas.

Para ello, al término de este artículo, te entregamos un modelo de recurso de protección adaptable a los hechos y circunstancias concretas que podrías estar enfrentando. Este corresponde a una estructura base para la redacción del documento y facilita el proceso de interposición.

¿Qué se requiere para adaptarlo a las particularidades de cada caso?

  • Tener claridad sobre qué derechos fundamentales se encuentran vulnerados y cuáles han sido los perjuicios.
  • Reune todas las pruebas y antecedentes relevantes que demuestren la ilegalidad de los actos u omisiones. Esto incluye documentos, testimonios, videos u otros respaldos significativos.
  • Investiga y cita las leyes, reglamentos o normativas que respalden la protección de los derechos infringidos. Es importante argumentar de manera sólida y legalmente sustentada.
  • Redacta de modo claro y preciso, evitando ambigüedades y utilizando un lenguaje sencillo y comprensible.

¿Crees tener un caso donde existen garantías constitucionales vulneradas o en riesgo inminente de serlo? Si tienes dudas o necesitas asesoría para la redacción e interposición del recurso, no dudes en comunicarte con nosotros a nuestra sección de Contacto.

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