¿Cómo denunciar el robo o la usurpación de agua?

Averigua cómo denunciar problemas relacionados con el robo de agua, como extraer agua sin autorización, afectar los derechos de otros usuarios o usarla de manera indebida.

El acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes es un derecho fundamental para todas las personas, esencial para la salud y la supervivencia. En Chile, el Código de Aguas reconoce este derecho como un bien común y partir del 2022 como un derecho humano, asegurando que su uso y control pertenezcan a todos los ciudadanos. Por ende, es responsabilidad del Estado asegurar su cumplimiento mediante regulaciones que protejan su uso y sancionen el mal uso o robo del agua.

¿Qué se entiende por robo de agua?

La legislación establece sanciones para diversos delitos que pueden considerarse como robo o usurpación de aguas:

  • Extraer agua de manera no autorizada
  • Vulnerar el derecho al agua de otras personas.
  • Hacer un uso indebido del propio derecho al agua

El robo o usurpación, mal uso y extracción no autorizada de agua pueden tener graves consecuencias. Estas acciones pueden poner en riesgo la vida de las personas al afectar el suministro de agua para consumo humano, así como la preservación de ecosistemas y el desarrollo de actividades productivas.

¿Cómo se sanciona el robo de agua?

En Chile, el robo de aguas está regulado por el Código Penal y contempla la sanción en las tres mencionadas situaciones que constituyen usurpación de aguas:

1.     Extracción no autorizada de agua: El artículo 459 N° 1 y 2 del Código Penal aborda la sustracción de agua sin fuerza y con fuerza en las cosas. Esto incluye:

  • Sacar agua de represas, estanques u otros depósitos, así como de ríos, arroyos o fuentes, canales o acueductos, y redes de agua potable e instalaciones domiciliarias de estas.
  • Romper o alterar diques, esclusas, compuertas, marcos u otras obras similares existentes en ríos, arroyos, fuentes, depósitos, canales o acueductos.

2.   Vulnerar los derechos de agua ajenos: El artículo 459 N° 3 y 4 del Código Penal contempla como quebrantamiento de los derechos de agua las siguientes dos situaciones:

  • Usurpar un derecho de agua de un tercero, lo que no significa solo el apoderamiento material del agua, sino en usurpar el derecho del otro.
  • Perturbar o alterar el legítimo ejercicio del derecho o de la posesión de esa agua.

3.  Ejercicio fraudulento del propio derecho de agua: Según el artículo 461 del Código Penal, se considera ejercicio fraudulento del derecho de agua cuando aquellos con derechos para sacar o utilizar agua lo hacen de manera indebida. Esto abarca:

  • El uso de orificios, conductos, marcos, compuertas o esclusas de una forma diferente a la establecida.
  • El uso de una capacidad superior a la medida autorizada por el derecho correspondiente.

¿Cuáles son las multas por robo de agua?

Todas las situaciones mencionadas pueden ser castigadas con una pena de presidio menor, que va desde 61 días hasta 3 años, según lo establecido en el artículo 460 del Código Penal. Además, estos delitos también pueden conllevar una multa que oscila entre 20 y 5.000 UTM.

Por otro lado, el Código de Aguas establece en su artículo 173 que la extracción ilegal de aguas constituye una infracción administrativa. En consecuencia, la Dirección General de Aguas (DGA) puede imponer una multa que va desde las 501 hasta las 1.000 UTM. Estas sanciones pueden sumarse a las responsabilidades civiles y penales estipuladas en los artículos 172 y 307 de este mismo Código.

¿Cómo puedo denunciar el robo de aguas?

La denuncia por el robo de agua puede ser realizada tanto por la vía judicial como por la vía administrativa.

Para que se investigue y sancione el delito de usurpación o robo de aguas ante la justicia, la investigación puede ser iniciada de las siguientes maneras:

  • De oficio por el Ministerio Público.
  • Por denuncia de cualquier persona.
  • Por querella de determinadas personas jurídicas, como la Superintendencia del Medio Ambiente, el Consejo de Defensa del Estado o las municipalidades.

Además, pueden iniciar acciones legales:

  • Organizaciones sin fines de lucro, como comités y cooperativas de agua potable u usuarios de aguas.
  • Organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la protección y defensa del medioambiente, la sustentabilidad de los bienes hídricos o el derecho humano al agua.

Para iniciar la investigación del delito en la administración pública, es necesario presentar una denuncia por robo de agua ante la Dirección General de Aguas (DGA). Para ello, debes seguir estos pasos:

1. Completa y firma un formulario de denuncia, disponible tanto en las oficinas de la institución como en su página web. Aquí puedes acceder al formulario

2. Una vez completado el formulario, tienes dos opciones para presentar la denuncia:

  • Entregar el formulario firmado y completado de manera presencial en la dirección regional o provincial de aguas correspondiente.
  • Enviar el formulario firmado y completado por correo electrónico a la Dirección General de Aguas de la región correspondiente.  

La Dirección General de Aguas tendrá un plazo de 6 meses de tramitación de la denuncia correspondiente.

A continuación, encontrarás una lista de correos por región de norte a sur:

  • Región de Arica y Parinacota: dga.denunciaarica@mop.gov.cl
  • Región de Tarapacá: dga.denunciatarapaca@mop.gov.cl
  • Región de Antofagasta: dga.denunciaantofag@mop.gov.cl
  • Región de Atacama: dga.denunciaatacama@mop.gov.cl
  • Región de Coquimbo: dga.denunciacoquim@mop.gov.cl
  • Región de Valparaíso: dga.denunciavalpo@mop.gov.cl
  • Región Metropolitana: dga.denunciametrop@mop.gov.cl
  • Región de Libertador General Bernardo O'Higgins: dga.denunciaohiggins@mop.gov.cl
  • Región del Maule: dga.denunciamaule@mop.gov.cl
  • Región del Biobío: dga.denunciabiobio@mop.gov.cl
  • Región de La Araucanía: dga.denunciaarauc@mop.gov.cl
  • Región de Los Ríos: dga.denuncialosrios@mop.gov.cl
  • Región de Los Lagos: dga.denuncialoslagos@mop.gov.cl
  • Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo: dga.denunciaaysen@mop.gov.cl
  • Región de Magallanes y de la Antártica Chilena: dga.denunciamag@mop.gov.cl

¿Qué ocurre después de presentar una denuncia ante la Dirección General de Aguas?

Una vez realizada la investigación de la denuncia por robo de agua, que incluye una inspección en el terreno en busca de posibles infracciones, se toman diferentes caminos:

  • Si no se encuentra ninguna infracción, la denuncia no será aceptada y el expediente se cerrará.
  • En caso de descubrir una infracción al Código de Aguas, la Dirección General de Aguas tiene la autoridad para imponer multas o sanciones administrativas según corresponda.
  • Si se detecta una presunta usurpación o robo de aguas, la Dirección General de Aguas remitirá los antecedentes al Ministerio Público, quien iniciará una investigación judicial basada en los artículos 459, 460 y 461 previamente explicados.
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