Protección de defensores ambientales en Chile: derechos y herramientas legales bajo el Acuerdo de Escazú
La protección de defensores ambientales en Chile es hoy una prioridad urgente, en un contexto de amenazas, criminalización y violencia creciente. Esta guía explica quiénes son los defensores ambientales según el Acuerdo de Escazú, qué derechos los amparan, qué herramientas legales existen, incluyendo el Protocolo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos (2024), y qué hacer si enfrentas ataques o intimidaciones.
Quiénes son defensores ambientales y por qué su labor requiere protección
Si alguna vez has protegido un humedal, denunciado la contaminación de un río o advertido sobre un proyecto que pone en riesgo tu territorio, has ejercido el rol de defensor o defensora ambiental. Esta labor es esencial para construir un país más justo, sostenible y resiliente ante la crisis climática.
Pero también implica riesgos crecientes. América Latina concentra más del 70% de los asesinatos de defensores ambientales en el mundo, según Global Witness. Según la misma organización, en 2022 se asesinó a una persona defensora cada dos días. En Chile, el Relator Especial de la ONU alertó en 2023 sobre amenazas, acoso, criminalización, violencia sexual contra defensoras indígenas y ambientales y ataques físicos.
En 2024, las agresiones a defensores ambientales en Chile se triplicaron, marcando el año más violento registrado.
Ante este escenario crítico, conocer las herramientas legales para defensores ambientales es fundamental.
¿Qué es un defensor o defensora ambiental según el Acuerdo de Escazú?
El concepto es amplio e inclusivo. El Acuerdo de Escazú considera defensor ambiental a cualquier persona, grupo u organización que promueve o protege derechos humanos ambientales.
Esto incluye:
- quienes defienden su territorio a nivel personal o comunitario
- organizaciones territoriales y ambientales
- profesionales y voluntarios
- defensoras indígenas y ambientales
- activismo formal o informal
Lo esencial es la actividad de defensa del ambiente o de un derecho humano ambiental.
Derechos humanos ambientales: la base de la protección
Los derechos de los defensores ambientales en Chile derivan del conjunto de derechos humanos vinculados a la protección ambiental y reconocidos tanto en tratados internacionales como en la legislación nacional, incluyendo la Constitución chilena.
Algunos los han denominado “derechos humanos ambientales” y se basan en el reconocimiento de que las personas necesitamos del medio ambiente en el que vivimos para ejercer nuestros otros derechos humanos.
Entre los derechos humanos ambientales se consideran:
- Derecho a un medio ambiente sano en Chile
- Derecho al acceso a información ambiental
- Derecho a la participación pública en decisiones ambientales
- Acceso a la justicia ambiental en Chile
- Derecho al agua potable, saneamiento, aire limpio y biodiversidad
- Seguridad frente a desastres, contaminación y riesgos ambientales
- Sostenibilidad en el uso de recursos naturales
- El derecho humano al clima sano y a medidas de mitigación y adaptación al cambio climático
Implementación del Acuerdo de Escazú en Chile
El Acuerdo de Escazú es el primer tratado ambiental de América Latina y el único en el mundo que protege explícitamente a defensores ambientales. Chile lo ratificó el 30 de mayo de 2022 y entró en vigencia el 11 de septiembre de 2022.
Sus cuatro pilares centrales son:
- Derechos de acceso a información ambiental
- Participación pública en decisiones ambientales
- Acceso a la justicia ambiental en Chile
- Protección y reconocimiento de los defensores ambientales
Para cumplir sus obligaciones, el Estado chileno creó el Plan Nacional de Implementación del Acuerdo de Escazú 2024–2030, que incluye medidas específicas en materia de transparencia, justicia ambiental y seguridad para defensoras y defensores.
Si te interesa profundizar en estos derechos, consulta el siguiente artículo: ¿Cómo impacta el Acuerdo de Escazú en mis derechos?
Amenazas, criminalización y violencia contra defensores ambientales en Chile
Las amenazas a defensores ambientales en Chile se han intensificado, especialmente contra comunidades rurales e indígenas.
Entre las formas más graves de violencia se encuentran:
- hostigamiento y persecución judicial
- campañas de desprestigio o criminalización de defensores ambientales
- ataques físicos
- daños a la propiedad
- vigilancia, intimidación y amenazas de muerte
- violencia sexual contra defensoras indígenas y ambientales.
Este contexto refuerza la urgencia de activar mecanismos de seguridad para defensores de derechos humanos.
Herramientas legales: Protocolo de Protección para Defensores de Derechos Humanos
La herramienta central hoy es el Protocolo de Protección a las Personas Defensoras de Derechos Humanos, vigente desde el 27 de diciembre de 2024.
Este Protocolo nace para cumplir el Artículo 9 del Acuerdo de Escazú, que obliga a cada Estado a asegurar un entorno seguro para quienes defienden el ambiente. Es un instrumento o mecanismo que puede ser activado por cualquier persona y que busca dar protección especial a quienes ejercen labores de defensa de los derechos humanos y del medio ambiente.
¿A quién protege el Protocolo ?
Protege a todas las personas defensoras de derechos humanos, incluyendo:
- defensores ambientales
- defensoras indígenas y ambientales
- periodistas
- abogados/as de derechos humanos
- organizaciones sociales
Se aplica cuando existe exposición a sufrir lesión o amenaza a tus derechos fundamentales a causa de una actividad o labor de defensa de DDHH.
Mesa de Coordinación Interinstitucional
El mecanismo es gestionado por la Mesa de Coordinación Interinstitucional defensores de derechos humanos, integrada por:
- Subsecretaría de Derechos Humanos (coordinación)
- Ministerio Público
- Subsecretaría de Prevención del Delito
- Carabineros de Chile
- Policía de Investigaciones
- Defensoría Penal Pública
¿Cuándo y cómo se puede activar el Protocolo de Protección?
El Protocolo puede activarse cuando exista una amenaza o lesión a un derecho fundamental de una persona defensora de derechos humanos
Cómo funciona el Protocolo
Paso 1: Solicitud de activación
Cualquier persona puede solicitarla, para sí misma o para terceros. No se necesita abogado.
Paso 2: Evaluación del hecho
- Si constituye delito, es derivado al Ministerio Público.
- Si no constituye delito, la Mesa actúa y determina medidas de protección.
Paso 3: Medidas de protección
Pueden incluir:
- identificación y análisis de amenazas
- canales confidenciales de denuncia
- medidas de seguridad física
- acompañamiento institucional
- seguimiento del caso
Cómo activar el Protocolo de Protección de Defensores Ambientales
Debes:
- Completar el formulario disponible en la Subsecretaría de Derechos Humanos.
- Enviar la solicitud a: protocolodefensores@minjusticia.cl
Incluye:
- antecedentes de la persona defensora
- evidencia disponible (mensajes, fotos, testimonios)
- descripción del contexto
- datos de la persona ofensora (si los hay)
- peticiones específicas.
Qué hacer si enfrentas amenazas o ataques como defensor ambiental
Medidas preventivas
- Organízate colectivamente: las redes defensoras brindan mayor seguridad.
- Documenta tu labor: actividades, fotos, registros de reuniones.
- Fortalece tu seguridad digital: contraseñas seguras, respaldo de información, comunicación encriptada.
- Crea un protocolo comunitario de seguridad: rutas, alertas, personas de contacto.
Pasos inmediatos ante una amenaza
Paso 1: Resguarda tu seguridad física
Busca un lugar seguro y contacta a aliados o tu organización.
Paso 2: Documenta la amenaza
- Fecha, hora, lugar
- Descripción detallada
- Fotos o videos (si es seguro)
- Mensajes amenazantes
- Testimonios
Paso 3: Denuncia el ataque
Puedes denunciar en:
- Comisaría de Carabineros
- PDI
- Fiscalía
Solicita el número de denuncia.
Paso 4: Activa el Protocolo
Ingresa al portal de la Subsecretaría de DDHH y completa la solicitud.
Paso 5: Contacta apoyo institucional
- INDH (oficinas regionales)
- Municipalidad (si es de confianza)
Paso 6: Comunica públicamente (si es seguro)
A través de la solicitud de pronunciamiento público de organizaciones, contacta a medios de comunicación aliados y publica en redes sociales de manera estratégica, solo en el caso de que lo consideres seguro.