Participación ciudadana en el SEIA: todo lo que necesitas saber
La participación ciudadana en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es un aspecto fundamental en el proceso de evaluación de proyectos en Chile. ¿Por qué? Revísalo aquí.
Tabla de contenidos
- ¿Qué es la participación ciudadana en el SEIA?
- El derecho a participar
- Objetivos de la participación ciudadana en el SEIA
- Tipos de PAC
- Deberes del SEA en la participación de la ciudadanía
- Participación ciudadana en el EIA: ¿Cómo comienza?
- PAC en la evaluación de una DIA: requisitos y cómo solicitarla
- ¿Qué son las observaciones ciudadanas? Contenido y presentación
- Derecho a reclamar: recurso de reclamación
- Nuevo proceso de PAC por modificaciones sustanciales
Para entender el alcance de la participación ciudadana, primero debemos saber qué es el SEIA.
El SEIA es una herramienta de gestión ambiental que tiene carácter preventivo. De este modo, antes de que se ejecute un proyecto o actividad, la autoridad evalúa sus posibles impactos ambientales, descartando o mitigando la generación de estos y, por ende, resolviendo si cumple con la norma ambiental.
Los proyectos o actividades que deben someterse al SEIA están contenidos en el artículo 10 de la Ley N° 19.300.
Una vez iniciado el proceso de evaluación, es cuando la participación ciudadana entra en juego.
Hecho este contexto, podemos explicarte qué es la participación ciudadana en el SEIA.
¿Qué es la participación ciudadana en el SEIA?
En simple, se trata de la participación de la comunidad —por medio de personas jurídicas o naturales— en el proceso de calificación ambiental de:
- Los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
- Las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA).
Por lo tanto, las personas pueden informarse, opinar sobre el proyecto o actividad y aportar información que puede ser importante a considerar en la evaluación.
DATO:
- Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Es obligatorio para proyectos o actividades que, por su naturaleza, tamaño o ubicación, puedan generar impactos ambientales significativos. La lista de estos proyectos se encuentra en el artículo 11 de la Ley N° 19.300.
- Declaración de Impacto Ambiental (DIA): Es el instrumento para evaluar el impacto ambiental de proyectos o actividades que no requieren un EIA.
El derecho a participar
La participación se entiende como la cooperación de la ciudadanía con la Administración, donde el conocimiento, visión y experiencia de las personas es fundamental para lograr adoptar las mejores decisiones y políticas públicas posibles.
Es una función sumamente clave si se tiene en cuenta que, en ocasiones, la acción de la Administración por sí sola no es suficiente para garantizar la adecuada protección del medioambiente.
Suma que si las decisiones públicas no consideran adecuadamente la opinión de los ciudadanos, pueden surgir desacuerdos y conflictos socioambientales. Por lo tanto, la participación ciudadana es crucial en esta materia.
En virtud de lo anterior, la Ley N° 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, señala que “es deber del Estado facilitar la participación ciudadana, permitir el acceso a la información ambiental y promover campañas educativas destinadas a la protección del medioambiente”.
Y agrega: “La participación ciudadana comprende los derechos a acceder y conocer el expediente físico o electrónico de la evaluación, formular observaciones y obtener respuesta fundada de ellas” (artículo 30 bis).
Por lo tanto, es un derecho de toda persona (natural o jurídica):
- Informarse del proyecto o actividad.
- Acceder al contenido del EIA y la DIA.
- Formular observaciones ambientales en 60 días hábiles para EIA y en 20 para DIA.
- Recibir respuestas.
- Reclamar si se considera que las observaciones no fueron debidamente tomadas en cuenta.
Descarga el Manual de participación ciudadana en materia ambiental.
Objetivos de la participación ciudadana en el SEIA
Si has leído hasta aquí, te habrás hecho una idea de los objetivos de la participación ciudadana también conocida como PAC. En definitiva, su propósito es potenciar la evaluación ambiental al incorporar el aporte y conocimiento de quienes habitan en los territorios donde se busca emplazar un determinado proyecto o actividad.
De esta manera, las autoridades toman decisiones respecto a los proyectos y actividades con mayor información sobre la mesa, garantizando la máxima transparencia en el proceso y asegurando, en última instancia, la protección del medioambiente.
Tipos de PAC
Existen dos tipos de participación ciudadana en lo relativo a la evaluación ambiental: la formal y la temprana o anticipada.
Participación ciudadana formal
Esta es la PAC de la que te hemos contado, y ocurre una vez que el titular presenta el proyecto al SEIA y, por lo tanto, dentro de los plazos del proceso de evaluación del EIA o DIA.
Participación ciudadana temprana
Esta PAC temprana o PCT (también conocida como PACA por “anticipada”), se refiere a cualquier instancia de participación y consulta que tiene lugar antes de que un proyecto sea sometido al proceso de evaluación del SEIA.
¿Quién propone la PCT?
Los titulares del proyecto son los que, en forma voluntaria, sugieren la implementación de la PCT.
DATO:
La participación temprana se realiza en etapas iniciales de la elaboración del proyecto o actividad que será sometido al SEIA, ejemplo en etapa de análisis de prefactibilidad, “brindando la oportunidad para que la ciudadanía y comunidad local conozca, analice y participe en las alternativas de diseño y desarrollo”. (Guía para la Participación Temprana en proyectos que se presentan al SEIA).
¿Cuándo una PAC es opcional u obligatoria?
La participación ciudadana puede ser obligatoria u opcional, dependiendo del tipo de proyecto y del proceso de evaluación correspondiente. En efecto, la PAC es opcional para las DIA y obligatoria únicamente para los EIA.
Deberes del SEA en la participación de la ciudadanía
El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) es un organismo público encargado de gestionar y supervisar, a través del SEIA, los procesos de evaluación ambiental en Chile.
Esta facultad conlleva, además, dos grandes obligaciones sobre la participación ciudadana:
- Implementar sistemas que aseguren y faciliten una PAC informada.
- Proporcionar respuestas a las observaciones (admisibles) que plantea la comunidad.
Esto significa que el SEA debe promover la participación ciudadana en el proceso, asegurándose de que los participantes estén informados sobre los proyectos sujetos a evaluación. Y también, recibir y considerar las preocupaciones ciudadanas para después brindar respuestas fundamentadas.
Por lo tanto, la PAC debe promoverse por parte del SEA en virtud de sus deberes, pero además por las obligaciones derivadas del Acuerdo de Escazú, siendo una de ellas el acceso a la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales.
En esa línea, dicho acuerdo establece una serie de estándares para conseguir que los procesos participativos sean exitosos.
Por ejemplo, contempla la difusión oportuna de las instancias participativas. También dice que estas oportunidades de participación deben ser adecuadas a las características sociales, culturales y geográficas del público participante. Y, además, mandata a que se eliminen barreras para que las personas o grupos que puedan ser más vulnerables puedan participar plenamente.
Conoce más sobre los derechos que garantiza el Acuerdo de Escazú.
Participación ciudadana en el EIA: ¿Cómo comienza?
Tal como hemos mencionado, la participación ciudadana en el Estudio de Impacto Ambiental o EIA es siempre obligatoria. Pero ¿cómo se inicia?
La PAC se inicia al publicarse un extracto del EIA tanto en el Diario Oficial como en un periódico de circulación nacional o regional.
Este proceso convoca a todas las personas naturales u organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica a participar activamente, informándose y presentando observaciones ante el organismo competente durante la evaluación de un proyecto.
Recuerda que, para formular observaciones, la comunidad participante tiene 60 días hábiles.
PAC en la evaluación de una DIA: requisitos
Cuando se trata de una Declaración de Impacto Ambiental, las autoridades (direcciones regionales o director ejecutivo) pueden decretar la realización de una PAC por un plazo de 20 días.
Un dato, la apertura de un proceso PAC siempre deberá solicitarse por parte de la ciudadanía, como señalaremos a continuación.
Eso sí, para abrir PAC en la evaluación de una DIA, se debe señalar que el proyecto presenta cargas ambientales para las comunidades próximas. ¿Qué significa esto?
Que se trate de proyectos que, durante su construcción u operación, generan beneficios sociales y ocasionan externalidades negativas en localidades cercanas. Algunos de ellos pueden ser:
- Oleoductos, gasoductos y ductos mineros.
- Centrales generadoras de energía mayores a 3 megawatts.
- Línea de transmisión eléctrica.
- Proyectos de saneamiento ambiental.
Esto, sin perjuicio de que pueda solicitarse respecto de otros proyectos.
El otro requisito es que la solicitud de la PAC la realicen:
- Al menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica (a través de sus representantes) o como mínimo 10 personas naturales afectadas en forma directa.
La Ley 19.300, en su artículo 30 bis, también exige que esta solicitud se efectúe por escrito y se presente dentro del plazo de 30 días, contado desde la publicación (del proyecto sometido a DIA) en el Diario Oficial.
¿Cómo solicitar el comienzo de una PAC en DIA?
Este trámite se realiza de dos maneras. Presentándolo de manera escrita en la Oficina de Partes del SEA que corresponda o a través de la web del Servicio de Evaluación Ambiental. A continuación, encontrarás en detalle los pasos a seguir para hacerlo en línea.
- Ingresa al e-SEIA con usuario y contraseña. También se puede acceder usando ClaveÚnica.
- Selecciona el perfil ciudadano (está al lado de donde aparece tu nombre).
- En el menú principal, haz clic en “Búsqueda”, “Participación Ciudadana” y a continuación en “Lista de DIA para las que se puede solicitar inicio de PAC”.
- En la página con el listado de proyectos identifica el de tu interés y presiona el botón “Solicitud inicio de PAC”.
- Elige una opción para presentar la solicitud: persona natural o apoderado de un grupo de personas.
- Completa el formulario y los datos personales del solicitante. Anexa documentos si lo deseas.
- Presiona “Guardar”.
- Para finalizar, selecciona el tipo de firma (electrónica simple, electrónica avanzada o clave única).
DATO:
La autoridad debe resolver acogiendo o rechazando la solicitud.
Toda solicitud de apertura que satisfaga las exigencias legales debería ser otorgada. Por lo tanto, la única justificación posible para rechazar la solicitud de apertura de un proceso de participación ciudadana en la evaluación de una DIA, es que no se haya cumplido con los requisitos dispuestos por el ya mencionado art. 30 bis de la Ley.
¿Qué hacer si se rechaza la apertura de Participación Ciudadana?
¿Qué son las observaciones ciudadanas?
Las observaciones ciudadanas en el contexto del SEIA son opiniones, comentarios, inquietudes, sugerencias o preguntas presentadas durante el proceso de evaluación de un proyecto. Es la forma en la cual la ciudadanía ejerce su derecho a participar, expresando sus preocupaciones, intereses y advertencias sobre el mismo.
¿Cómo deben ser las observaciones?
Para que las observaciones sean admitidas y sean consideradas deben:
- Ser presentadas por escrito.
- Señalar el nombre del proyecto o actividad de que se trata.
- Señalar el nombre completo de la persona natural o de la persona jurídica.
- Señalar domicilio o correo electrónico del observante.
- Contener fundamentos.
- Referirse a la evaluación ambiental del proyecto o actividad.
¿Qué materias pueden observarse?
Algunas materias que pueden observarse son las siguientes:
- Descripción (características del proyecto, alcance, emisiones, extracción y uso de recursos naturales renovables, entre otros).
- Impactos ambientales.
- Medidas propuestas para mitigar, reparar y compensar los impactos del proyecto.
- Normativa y Permisos Ambientales Sectoriales (PAS).
DATO:
Las observaciones que no tengan carácter ambiental o se aparten del objetivo del procedimiento en evaluación, podrán ser descartadas por el SEA.
¿Cómo presentar una observación ciudadana?
Para realizar una observación ciudadana, tienes dos opciones:
La primera es de forma física. Puedes redactar tus observaciones en papel y presentarlas en la Oficina de Partes del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la región que corresponda (donde se emplaza el proyecto).
La segunda es por Internet, a través del portal de Participación Ciudadana y Consulta Indígena. Para ello debes ingresar la clave única y el RUT. Una vez dentro, en el menú “Búsqueda” se selecciona “Participación Ciudadana” y seguidamente “DIA en PAC” o “EIA en PAC”.
Se abrirá una página con un listado de proyectos, se elige el deseado y se presiona el botón “presentar”. Ahí es donde comienza el trámite.
Para conocer todos los detalles de cómo realizar una observación vía web, revisa el siguiente tutorial del SEA.
DATO:
Para hacer una observación también puedes utilizar la app móvil del SEA.
Derecho a reclamar: detalles sobre el Recurso de reclamación
Cuando una persona o una organización presenta observaciones ciudadanas durante el proceso de evaluación ambiental, espera que estas sean tomadas en cuenta por el titular y por la autoridad ambiental al momento de tomar decisiones sobre el proyecto en cuestión.
Sin embargo, en ocasiones, puede suceder que las observaciones presentadas no sean debidamente consideradas o que no se reflejen de forma adecuada en la decisión final: la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
En estos casos, los ciudadanos tienen la opción de presentar un recurso de reclamación, instancia que permite incorporar o modificar características, condiciones o exigencias a dicha resolución e incluso revocar su calificación. Esta reclamación puede también hacer que el proceso de evaluación retroceda a una instancia intermedia.
Quienes pueden interponer la reclamación son las personas naturales o jurídicas que participaron en la evaluación ambiental y presentaron sus observaciones durante la PAC.
¿Cuándo se presenta este recurso?
- De acuerdo con la Ley, en un plazo de 30 días hábiles.
Siempre se cuenta desde que se recibe la notificación de la RCA.
Por lo demás, el recurso de reclamación se entrega al mismo SEA y se dirige al:
- Director ejecutivo de este Servicio, en caso de un proyecto DIA.
- Comité de Ministros, en caso de un proyecto EIA.
En dicha reclamación, las personas deben indicar las observaciones que consideran no fueron debidamente tomadas en cuenta en las decisiones sobre el proyecto. Y si después de recibir la respuesta de parte de la autoridad siguen disconformes, pueden presentar una nueva reclamación, pero esta vez ante el Tribunal Ambiental y en un plazo de 30 días hábiles.
Nuevo proceso de PAC por modificaciones sustanciales
¿Qué pasa si un proyecto durante el transcurso de la evaluación sufre cambios importantes? Como señalamos, el proceso PAC se desarrolla al inicio de la evaluación. Sin embargo, cuando se trata de proyectos que en el transcurso de su evaluación se modifican considerablemente, puede abrirse una nueva PAC.
Así, cuando un proyecto sufre cambios significativos (aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de parte del titular) que pueden afectar sus impactos ambientales o las condiciones en las que se desarrollará, se puede abrir una nueva PAC con una duración adicional de 30 días hábiles. Durante ese periodo, la comunidad expresa sus opiniones y preocupaciones sobre las modificaciones propuestas.
Puedes encontrar más información detallada en: ¿Cómo pedir un nuevo proceso de participación ciudadana?
Al final, la participación ciudadana en el SEIA juega un rol crucial, permitiendo que la voz de la comunidad sea escuchada y considerada en la toma de decisiones.